viernes, noviembre 21, 2025

Título: Lineamientos sobre el silencio administrativo negativo: simplificación administrativa y protección de bienes jurídicos sensibles

Título: Lineamientos sobre el silencio administrativo negativo: simplificación administrativa y protección de bienes jurídicos sensibles

📌 Contexto

La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros emitió la Resolución N.º 010-2025-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N.º 002-2025-PCM-SGP.
El objetivo es uniformizar la aplicación del silencio administrativo negativo (SAN) en los procedimientos administrativos, restringiéndolo a casos excepcionales y promoviendo la simplificación regulatoria en el Estado peruano.


🔍 Hallazgo normativo

  • El SAN solo procede cuando la petición del administrado pueda afectar bienes jurídicos sensibles: salud, medio ambiente, seguridad ciudadana, sistema financiero, patrimonio cultural, defensa nacional, entre otros.
  • Los lineamientos son obligatorios para todas las entidades de la Administración Pública que gestionen procedimientos incluidos en sus TUPA.
  • La aplicación de estos criterios inicia el 1 de enero de 2026.
  • La Secretaría de Gestión Pública supervisará progresivamente el cumplimiento mediante la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio.

⚙️ Aplicaciones prácticas

  • Inventario de procedimientos SAN: cada entidad debe elaborar un inventario hasta el 30 de junio de 2026.
  • Revisión y cambio de calificativos:
    • Entidades con ≤60 procedimientos: plazo de 2 años.
    • Entidades con >60 procedimientos: plazo de 3 años.
    • Posible prórroga de 1 año con justificación.
  • El objetivo es convertir procedimientos SAN en Silencio Administrativo Positivo (SAP) siempre que sea viable.
  • Se modifican los lineamientos previos (001-2024-PCM/SGP) para optimizar trámites estandarizados con plataformas tecnológicas y enfoque territorial.

⚠️ Riesgos y dilemas

  • Riesgo de abuso del SAN: si las entidades no revisan oportunamente sus TUPA, podrían mantener procedimientos innecesariamente restrictivos.
  • Carga institucional: el inventario y la revisión demandan recursos técnicos y humanos, lo que puede retrasar la implementación.
  • Equilibrio ético: se debe garantizar que la simplificación no debilite la protección de bienes jurídicos sensibles.

🌍 Trazabilidad internacional

  • La medida se alinea con estándares globales de simplificación administrativa y gobierno abierto, promoviendo transparencia y competitividad.
  • Refuerza compromisos internacionales de Perú en materia de modernización del Estado y reducción de cargas burocráticas.
  • Se integra en la tendencia regional de migrar hacia el silencio administrativo positivo como regla general, reservando el negativo solo para casos críticos.

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