sábado, noviembre 15, 2025

🏛️ Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 359-2025-ATU/PE autoriza una transferencia financiera de S/ 323 723,15 a favor de 21 municipalidades distritales de Lima para fiscalización del transporte público.

🏛️ Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 359-2025-ATU/PE autoriza una transferencia financiera de S/ 323 723,15 a favor de 21 municipalidades distritales de Lima para fiscalización del transporte público.

Entidad emisora: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU)

Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2025
Base legal: Ley N.º 32185 (Presupuesto del Sector Público 2025), Decreto de Urgencia N.º 008-2025, Directiva N.º 0001-2024-EF/50.01


📌 Objeto de la Resolución

Autoriza la transferencia financiera de S/ 323 723,15 a favor de 21 municipalidades distritales de la provincia de Lima, en el marco de convenios de cooperación interinstitucional para la fiscalización del servicio público de transporte terrestre de personas.


🧾 Detalles técnicos

  • Pliego transferente: 203 – ATU
  • Unidad ejecutora: 001 – ATU
  • Fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios
  • Programa presupuestal: 0148 – Reducción del Tiempo, Inseguridad y Costo Ambiental en el Transporte Urbano
  • Actividad: 5000276 – Gestión del Programa
  • Partida de gasto: 2.4.1 – Donaciones y Transferencias Corrientes

🏙️ Municipalidades beneficiarias (monto transferido en S/)

Municipalidad Monto transferido
San Isidro 114 222,50
Santiago de Surco 74 600,40
La Molina 35 952,00
Miraflores 28 274,75
San Borja 10 432,50
San Luis 9 362,50
Pueblo Libre 8 025,00
San Miguel 8 025,00
Jesús María 7 356,25
San Juan de Lurigancho 5 992,00
Carabayllo 4 681,25
Independencia 4 012,50
Puente Piedra 3 370,50
San Juan de Miraflores 3 745,00
San Martín de Porres 2 059,75
Pachacámac 1 337,50
Surquillo 1 337,50
Lurín 535,00
La Victoria 187,25
Santa Anita 133,75
Punta Hermosa 80,25

📋 Disposiciones clave

  • Uso exclusivo: Los recursos no pueden ser destinados a fines distintos a los establecidos en los convenios.
  • Monitoreo: A cargo de la Dirección de Fiscalización y Sanción de la ATU.
  • Publicación: En el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la ATU.


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