martes, octubre 14, 2025

🗳️ Padrón cerrado, fraude abierto: el andamiaje silencioso de una distorsión electoral

🗳️ Padrón cerrado, fraude abierto: el andamiaje silencioso de una distorsión electoral

Por qué el cierre del Padrón Electoral sin depuración previa consolida una arquitectura de distorsión política que compromete la legitimidad de las Elecciones Generales 2026

El 12 de octubre de 2025, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) formalizó el cierre del Padrón Electoral mediante Resolución Jefatural N.º 000180-2025/JNAC/RENIEC. Esta decisión delimita el universo de votantes para las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026. Pero más allá del acto técnico, el cierre del padrón se convierte en el punto de consolidación de una distorsión estructural no corregida: la inclusión de más de 300,000 ciudadanos afiliados fraudulentamente a partidos políticos.

🧭 El padrón como reflejo de un registro contaminado

El padrón electoral se construye sobre el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales (RUIPN), el mismo que fue utilizado por al menos 32 partidos políticos para inscribir afiliaciones con firmas falsificadas. RENIEC confirmó que cientos de miles de ciudadanos fueron registrados como militantes sin su consentimiento, mediante copias gráficas, atribuciones indebidas y suplantaciones. Ese mismo registro es ahora la base del padrón cerrado.

⚠️ El cierre como blindaje de la distorsión

La resolución establece que toda modificación posterior al 14 de octubre queda excluida del padrón. Esto significa que:

  • Ciudadanos que descubran suplantaciones después de esa fecha no podrán corregir su situación antes de las elecciones.
  • Personas indebidamente afiliadas podrían aparecer como militantes activos, limitando su derecho a postular por otros partidos o como independientes.
  • El padrón electoral podría incluir datos contaminados, afectando la neutralidad del proceso electoral.
  • La validación biométrica (ID Perú), anunciada como solución estructural, aún no ha sido implementada plenamente, lo que impide una verificación masiva y confiable.

🧱 El andamiaje de un fraude silencioso

No se trata de una conspiración explícita, sino de una arquitectura institucional que permite que el error se convierta en norma. El cierre del padrón, sin depuración previa, legitima una distorsión que ya fue detectada, documentada y denunciada. La omisión de corrección no es técnica: es política, jurídica y ética.

📊 La magnitud del fraude documentado

  • RENIEC publicó 130 informes técnicos entre 2021 y 2025, remitidos al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que contienen más de 300,000 registros de firmas observadas.
  • Estas firmas fueron detectadas en padrones de al menos 32 partidos políticos, incluyendo Fuerza Popular, APP, Avanza País y Somos Perú.
  • El JNE presentó 159 denuncias ante el Ministerio Público por presunta suplantación de identidad y afiliación fraudulenta.
  • El escándalo ha sido calificado como uno de los mayores fraudes documentales en la historia electoral peruana.

💸 Revictimización institucional: el costo de demostrar la inocencia

Las víctimas de afiliaciones partidarias falsas deben asumir los costos de peritajes grafotécnicos, firmas notariales y otros trámites para demostrar que no autorizaron su afiliación, incluso cuando la falsificación fue cometida sin su consentimiento:

  • Peritaje grafotécnico: entre S/ 500 y S/ 3,000, según el perito y la instancia judicial.
  • Firma notarial: exigida para validar la solicitud de desafiliación, con costos adicionales.
  • Plazos breves: algunos ciudadanos reportan que deben presentar pruebas en menos de 10 días.
  • Trámite individual: no existe una vía colectiva ni gratuita para corregir el registro, pese a que el daño fue masivo y sistemático.

Una ciudadana afiliada sin consentimiento al partido Alianza Para el Progreso denunció que debía pagar más de S/ 500 en menos de 10 días para presentar pruebas ante el JNE. El trámite, aunque formalmente gratuito, traslada la carga probatoria y económica al ciudadano afectado, lo que ha sido calificado como una revictimización institucional.

Conclusión crítica:
La Resolución Jefatural N.º 000180-2025/JNAC/RENIEC no solo define el universo de votantes: consolida el perímetro de una distorsión electoral no corregida. En un contexto donde la ciudadanía ha sido manipulada desde su firma, el padrón deja de ser garantía democrática y se convierte en instrumento de legitimación. Y cuando el fraude no se ejecuta en las urnas, sino en los registros, el voto ya no es libre: es condicionado. El sistema no solo falla en prevenir el fraude: lo orquesta, lo normaliza y lo traslada al bolsillo de la víctima.


Autor: Por Iván Oré Chávez
PREMIO I Concurso de Investigación Jurídica de la Convención Nacional de Derecho Constitucional (CONADEC 2003).  // Primer lugar del PREMIO de Investigación VII Taller "La Investigación Jurídica: un reto para la Universidad moderna" Facultad de Derecho y Ciencia Política UNMSM en categoría tesistas (2004). // Tercer lugar del II CONCURSO de artículos de investigación jurídica "La familia desde la perspectiva de los DDHH" organizado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Comisión de Magistrados del Área de Familia del Año 2009, la Corte Superior de Justicia de Lima, y el Centro de Investigaciones Judiciales. // Miembro de la nómina de colaboradores de la REVISTA CRITICA DE CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS “Nómadas” de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología - Universidad Complutense de Madrid (UCM).

No hay comentarios:

Publicar un comentario