viernes, noviembre 07, 2025

Decreto Supremo N.º 014-2025-DE: Marina habilitada para uso legítimo de la fuerza en funciones de Policía Marítima, Fluvial y Lacustre

Decreto Supremo N.º 014-2025-DE: Marina habilitada para uso legítimo de la fuerza en funciones de Policía Marítima, Fluvial y Lacustre

Fecha y autoridades

  • Publicación: 6 de noviembre de 2025
  • Firmantes: Presidente de la República José Enrique Jerí Oré; Ministro de Defensa César Francisco Díaz Peche

Resumen ejecutivo

El Decreto Supremo N.º 014-2025-DE modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1147 para incorporar de manera expresa el uso legítimo de la fuerza por parte del personal naval cuando actúe en funciones de Policía Marítima, Fluvial y Lacustre. La norma armoniza estas funciones con las reglas de uso de la fuerza del Decreto Legislativo N.º 1095, dispone la adquisición de armamento y medios no letales, y ordena la adecuación de la capacitación del personal naval para intervenciones en el medio acuático.

Marco jurídico y antecedentes

  • Norma modificada: Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1147 (D.S. N.º 015-2014-DE)
  • Regulación de referencia sobre uso de la fuerza: Decreto Legislativo N.º 1095 y su reglamento (D.S. N.º 003-2020-DE)
  • Otras normas vinculantes: Ley N.º 32170; Ley N.º 29158 (LOPE); Constitución Política del Perú

Disposiciones principales

  • Incorporación normativa: se añade un numeral que habilita a la Marina de Guerra del Perú a aplicar las reglas del D.L. N.º 1095 cuando ejerza funciones de autoridad en ámbitos marítimo, fluvial y lacustre.
  • Medios y equipamiento: creación o impulso de un programa para la adquisición de armamento y medios no letales específicos para operaciones acuáticas.
  • Capacitación: adecuación y especialización de planes de entrenamiento del personal naval en técnicas de empleo de la fuerza en el medio marítimo, fluvial y lacustre.
  • Publicación y difusión: norma publicada en el diario oficial y difusiones institucionales del sector Defensa y Marina.

Ámbito territorial y espacios de aplicación

  • Marítimo: todo el litoral del Pacífico peruano; zonas portuarias estratégicas como Callao, Paita, Chimbote, Ilo y Matarani; áreas de control de pesca y tránsito marítimo.
  • Fluvial: cuencas amazónicas principales (Marañón, Ucayali, Huallaga, Napo, Putumayo) y ríos andinos de interés estratégico (Apurímac, Mantaro, Urubamba).
  • Lacustre: Lago Titicaca y lagunas significativas con dimensión ambiental y/o fronteriza.
  • Zonas prioritarias por riesgo: corredores con minería y tala ilegales, rutas de narcotráfico fluvial, puntos de tráfico binacional y sectores costeros con pesca ilegal.

Relación con la Agenda 2030 (ODS)

  • ODS 14 Vida submarina: contribuye al control de pesca ilegal y a la protección de hábitats marinos.
  • ODS 15 Vida de ecosistemas terrestres: apoyo a la prevención de degradación en cuencas y riberas.
  • ODS 16 Paz, justicia e instituciones sólidas: fortalece la gobernanza acuática y la institucionalidad en seguridad.
  • ODS 6 Agua limpia y saneamiento: acciones orientadas a prevenir contaminación derivada de actividades ilícitas.
  • ODS 13 Acción por el clima: vigilancia en zonas vulnerables a eventos climáticos que afectan vías y comunidades ribereñas.

Mecanismos institucionales y operativos esperables

  • Autoridad ejecutora: Marina de Guerra del Perú, con papel operativo de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI).
  • Cooperación interinstitucional: Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio del Ambiente, gobiernos regionales y locales, organismos de cooperación internacional.
  • Instrumentos operativos: protocolos adaptados al medio acuático, manuales de uso de la fuerza, estandarización de equipos no letales, registro y georreferenciación de intervenciones.

Riesgos y vacíos informativos identificados

  • Riesgos: uso desproporcionado o indebido de la fuerza; afectación de poblaciones ribereñas e indígenas; criminalización de actividades tradicionales de pesca; impactos ambientales secundarios.
  • Vacíos informativos: falta de mapas públicos de despliegue; ausencia de protocolos públicos detallados sobre proporcionalidad y escalada; carencia de mecanismos independientes de rendición de cuentas; insuficiente información pública sobre criterios de adquisición y uso de equipos no letales.

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