📰 Cáncer de cuello uterino: prevención curativa, brechas presupuestales y compromiso con la Agenda 2030
El cáncer de cuello uterino es una enfermedad prevenible que afecta principalmente a mujeres mayores de 30 años, causada por la infección persistente del virus del papiloma humano (VPH). Sus síntomas incluyen sangrado vaginal anormal, dolor pélvico, hinchazón en las piernas y relaciones sexuales dolorosas. Aunque es curable si se detecta a tiempo, sigue siendo la segunda causa de muerte por cáncer en mujeres peruanas, lo que evidencia una falla estructural en los sistemas de prevención y diagnóstico temprano.
La Ley N.º 32501, publicada el 14 de noviembre de 2025, establece medidas concretas para promover la vacunación gratuita contra el VPH en personas con VIH, tuberculosis (TBC) e inmunosupresión. Además, ordena al Ministerio de Salud elaborar un Plan Nacional que incluya acciones de prevención, detección y tratamiento, con participación obligatoria de médicos, obstetras y enfermeras. Esta norma se alinea con la estrategia global de la OMS y la OPS, que busca eliminar el cáncer cervicouterino como problema de salud pública al 2030, en concordancia con los compromisos asumidos por el Perú en la Agenda 2030.
Sin embargo, persisten brechas presupuestales preocupantes. Aunque el programa presupuestal 0024 “Prevención y Control de Cáncer” ha incrementado sus recursos para el producto 3000004 “Mujer tamizada en cáncer de cuello uterino” —de S/ 14,6 millones en 2022 a S/ 58,8 millones en 2024—, regiones como Ica, Pasco, Piura y Ucayali han recibido asignaciones menores a S/ 1 000 soles, lo que limita la aplicación de pruebas moleculares de VPH. Esta desigualdad territorial compromete la equidad en el acceso a tecnologías diagnósticas y pone en riesgo la meta de cobertura universal.
El Colegio Médico del Perú ha advertido que la pandemia interrumpió los despistajes regulares, lo que ha contribuido al aumento de casos en los últimos meses. Su vicedecano nacional, Dr. Alfredo Celis, ha instado al Ministerio de Salud a implementar un programa de comunicación nacional que informe y sensibilice sobre la vacunación como prevención primaria y el tamizaje como prevención secundaria. La implementación efectiva de la Ley N.º 32501 representa una oportunidad para fortalecer el sistema de salud, reducir la mortalidad por cáncer ginecológico y avanzar hacia los compromisos de la Agenda 2030 en materia de salud pública.
https://wb2server.congreso.gob.pe/spley-portal-service/archivo/MjQ5MjY5/pdf
https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2458665-1
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