🎓 Autonomía presupuestaria para universidades públicas: una medida de urgencia
El Congreso de la República promulgó la Ley N.º 32498, publicada el 12 de noviembre de 2025, que autoriza a las universidades públicas a realizar modificaciones presupuestarias internas para cubrir gastos esenciales de gestión y operatividad. Esta medida excepcional busca responder a las limitaciones impuestas por la Ley de Presupuesto 2025 y el Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, permitiendo mayor flexibilidad financiera en un contexto de alta demanda académica y restricciones fiscales.
📊 ¿Qué permite esta ley?
Las universidades podrán reorganizar partidas de gasto vinculadas a retribuciones y seguridad social, sin necesidad de solicitar recursos adicionales al Tesoro Público. Estas modificaciones se aprobarán mediante resolución del titular del pliego, con opinión favorable de las oficinas de presupuesto y recursos humanos. Además, se exoneran de varias restricciones normativas que usualmente limitan este tipo de ajustes.
👩🏫 Mejora salarial para docentes universitarios
Una de las disposiciones más relevantes es el incremento de remuneraciones para docentes ordinarios y contratados, que se aplicará en un solo tramo desde diciembre de 2025. Este aumento será aprobado por decreto supremo, refrendado por los ministros de Economía y Educación. La medida busca mejorar las condiciones laborales del personal académico sin comprometer recursos adicionales, utilizando el presupuesto institucional de cada universidad.
🏫 Categorización docente en institutos pedagógicos y tecnológicos
La ley también establece parámetros para la categorización de docentes en institutos de educación superior pedagógicos y tecnológicos, incluyendo escuelas de formación artística. Se definen porcentajes de remuneración según categoría (121%, 141% y 181% de la RIMS), y se autorizan modificaciones presupuestarias específicas para implementar estos cambios, con montos asignados que superan los S/ 23 millones.
🛣️ Transferencias a gobiernos locales para obras públicas
La norma aprueba una transferencia de partidas por más de S/ 3 millones a favor de gobiernos regionales y municipalidades de Pasco, Amazonas, Huancavelica y Cajamarca. Estos fondos se destinarán a proyectos de agua potable, alcantarillado, transitabilidad vehicular y renovación de puentes. La ejecución será asumida por las entidades receptoras, que deberán modificar sus registros en el Banco de Inversiones y cumplir con los plazos de desagregación presupuestaria.
👥 Atención a poblaciones vulnerables
Finalmente, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a destinar S/ 12.1 millones para el mantenimiento de locales que prestan servicios a mujeres, niños, adultos mayores y adolescentes. Los recursos se desembolsarán mediante subvenciones directas, y su uso estará estrictamente regulado. Esta medida busca mejorar la infraestructura de atención social sin generar nuevas demandas al Tesoro Público.
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