📜 Reforma disciplinaria policial: ética, proporcionalidad y trazabilidad normativa
La actualización del Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N.º 016-2025-IN, redefine el enfoque institucional hacia una gestión más técnica, proporcional y transparente del control disciplinario. Esta reforma reorganiza las infracciones en tres niveles —leves, graves y muy graves— y ajusta las sanciones conforme al bien jurídico afectado, fortaleciendo la trazabilidad documental y la justicia funcional.
🟢 Infracciones Leves: orden interno y presentación institucional
Las infracciones leves afectan aspectos formales del servicio, como la presentación personal, el uso adecuado del uniforme, la puntualidad y el cumplimiento de trámites administrativos. Aunque no comprometen directamente la seguridad pública, sí vulneran el orden interno y la imagen de la institución.
Tabla de sanciones leves
| Código | Infracción | Sanción |
|---|---|---|
| L1–L4 | Uso indebido de prendas, emblemas, tatuajes | Amonestación hasta 4 días |
| L5–L8 | Carné policial extraviado, vencido o mal portado | Amonestación hasta 10 días |
| L9–L12 | Omisión de datos personales, saludo antirreglamentario | Amonestación hasta 4 días |
| L13–L19 | Lenguaje ofensivo, trato vejatorio o discriminatorio | Amonestación hasta 10 días |
| L20–L24 | Retrasos, inasistencias, faltas al servicio | Amonestación hasta 10 días |
| L25–L39 | Trámites, permisos, reincorporación, conducta general | 5 a 10 días |
| L40–L64 | Documentación de armas, rendición de cuentas, supervisión | 5 a 10 días |
| L65–L68 | Abandono de puesto, trámites personales en servicio | Amonestación hasta 10 días |
🟠 Infracciones Graves: afectación funcional y operativa
Las infracciones graves implican una transgresión significativa a los deberes funcionales, la ética profesional o el respeto institucional. Pueden generar perjuicio operativo, vulnerar derechos ciudadanos o comprometer la seguridad pública.
Tabla de sanciones graves
| Código | Infracción | Sanción |
|---|---|---|
| G1–G4 | Ofensas a símbolos, uso indebido de insignias | 4 a 15 días |
| G5–G10 | Inasistencia prolongada, imputaciones falsas | 4 a 15 días |
| G11–G22 | Alcohol, armas, conducción, custodia negligente | 1 a 15 días |
| G23–G30 | Agresión, encubrimiento, denuncias falsas | 1 a 15 días |
| G31–G58 | Abandono, negligencia operativa, uso indebido de fuerza | 4 a 15 días |
| G59–G68 | Imagen institucional, drogas, violencia familiar moderada | 1 a 15 días |
🔴 Infracciones Muy Graves: daño institucional y vulneración de derechos
Las infracciones muy graves afectan gravemente la legalidad, la ética policial y los derechos fundamentales. Pueden implicar corrupción, violencia, encubrimiento o participación en actos delictivos. La sanción puede ser el pase a la situación de disponibilidad (temporal) o retiro definitivo.
Tabla de sanciones muy graves
| Código | Infracción | Sanción |
|---|---|---|
| MG1–MG4 | Inasistencia prolongada, uso indebido de información reservada | Retiro |
| MG5–MG9 | Activismo político, incitación, alteración del orden público | Retiro o disponibilidad |
| MG10–MG22 | Apropiación, pérdida, uso indebido o simulación de armas | Retiro o disponibilidad |
| MG23–MG30 | Agresión grave, encubrimiento, denuncias falsas | Retiro o disponibilidad |
| MG31–MG43 | Abandono, comercialización indebida, actos sexuales | Retiro o disponibilidad |
| MG44–MG46 | Falsedad documental, manipulación de registros | Retiro o disponibilidad |
| MG47–MG69 | Violencia familiar grave, negligencia médica, omisión en casos críticos | Retiro o disponibilidad |
| MG70–MG88 | Ética, corrupción, contrataciones públicas, tráfico de influencias | Retiro o disponibilidad |
🧭 Lectura curatorial y trazabilidad normativa
Este nuevo reglamento permite una lectura más técnica y proporcional del régimen disciplinario, alineada con principios de legalidad, razonabilidad y respeto a los derechos humanos. La clasificación por niveles y la precisión en los tipos infractores fortalecen la trazabilidad institucional y reducen la discrecionalidad en la aplicación de sanciones.
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