El Decreto Supremo N.º 008-2025-MINCETUR modifica el reglamento de categorización turística de restaurantes para incluir oficialmente las definiciones de barista, maestro chocolatero y sommelier, reconociendo sus funciones dentro del ecosistema gastronómico y turístico nacional.
🧭 Contexto normativo y objetivo
El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) ha emitido el Decreto Supremo N.º 008-2025-MINCETUR, publicado el 5 de noviembre de 2025, que modifica el Reglamento para la Categorización y Calificación Turística de Restaurantes aprobado por el DS N.º 011-2019-MINCETUR. Esta modificación incorpora definiciones específicas para tres perfiles profesionales: barista, maestro chocolatero y sommelier, en cumplimiento de la Ley N.º 32144.
🍷 Nuevas definiciones incorporadas
Artículo 4.1 del Reglamento modificado:
- Barista: Especialista en la preparación de café de alta calidad, capaz de crear bebidas innovadoras con leche, esencias y licores, incluyendo arte latte.
- Maestro chocolatero: Profesional dedicado a elaborar productos a base de chocolate (bombones, tabletas, trufas), con enfoque creativo y estético.
- Sommelier: Experto en servicio de vinos y bebidas afines, responsable de organizar, seleccionar y gestionar el servicio en locales de consumo.
Estas definiciones permiten que los restaurantes categorizados como turísticos reconozcan oficialmente estos roles como parte de su oferta especializada.
📚 Fundamento legal
- Ley N.º 32144: Reconoce las labores del barista, maestro chocolatero y sommelier como parte del proceso gastronómico y turístico.
- Ley N.º 32392 – Nueva Ley General de Turismo: Establece que MINCETUR define los requisitos y responsabilidades de los prestadores de servicios turísticos.
- Resolución Ministerial N.º 133-2025-MINCETUR: Publicó el proyecto normativo para consulta ciudadana.
- Exclusión del AIR Ex Ante: La norma fue exceptuada del análisis de impacto regulatorio por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria.
🌍 Vinculación con la Agenda 2030
| ODS | Aporte positivo |
|---|---|
| ODS 8 – Trabajo decente y crecimiento económico | Reconoce y profesionaliza ocupaciones emergentes en gastronomía |
| ODS 12 – Producción y consumo responsables | Promueve estándares de calidad en servicios turísticos |
| ODS 4 – Educación de calidad | Incentiva formación técnica especializada en café, chocolate y vinos |
📌 Conclusión
El Decreto Supremo N.º 008-2025-MINCETUR representa un avance normativo en la valorización de especialidades gastronómicas que enriquecen la experiencia turística peruana. Al incorporar oficialmente los perfiles de barista, maestro chocolatero y sommelier, se fortalece la cadena de valor del turismo culinario, se promueve la profesionalización técnica y se alinean los estándares nacionales con las tendencias internacionales de calidad y servicio.
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