jueves, noviembre 06, 2025

categorización turística de restaurantes para incluir oficialmente las definiciones de barista, maestro chocolatero y sommelier

El Decreto Supremo N.º 008-2025-MINCETUR modifica el reglamento de categorización turística de restaurantes para incluir oficialmente las definiciones de barista, maestro chocolatero y sommelier, reconociendo sus funciones dentro del ecosistema gastronómico y turístico nacional.

Esta reforma responde al mandato de la Ley N.º 32144 y fortalece la profesionalización de especialidades clave en la experiencia culinaria peruana.


🧭 Contexto normativo y objetivo

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) ha emitido el Decreto Supremo N.º 008-2025-MINCETUR, publicado el 5 de noviembre de 2025, que modifica el Reglamento para la Categorización y Calificación Turística de Restaurantes aprobado por el DS N.º 011-2019-MINCETUR. Esta modificación incorpora definiciones específicas para tres perfiles profesionales: barista, maestro chocolatero y sommelier, en cumplimiento de la Ley N.º 32144.


🍷 Nuevas definiciones incorporadas

Artículo 4.1 del Reglamento modificado:

  • Barista: Especialista en la preparación de café de alta calidad, capaz de crear bebidas innovadoras con leche, esencias y licores, incluyendo arte latte.
  • Maestro chocolatero: Profesional dedicado a elaborar productos a base de chocolate (bombones, tabletas, trufas), con enfoque creativo y estético.
  • Sommelier: Experto en servicio de vinos y bebidas afines, responsable de organizar, seleccionar y gestionar el servicio en locales de consumo.

Estas definiciones permiten que los restaurantes categorizados como turísticos reconozcan oficialmente estos roles como parte de su oferta especializada.


📚 Fundamento legal

  • Ley N.º 32144: Reconoce las labores del barista, maestro chocolatero y sommelier como parte del proceso gastronómico y turístico.
  • Ley N.º 32392 – Nueva Ley General de Turismo: Establece que MINCETUR define los requisitos y responsabilidades de los prestadores de servicios turísticos.
  • Resolución Ministerial N.º 133-2025-MINCETUR: Publicó el proyecto normativo para consulta ciudadana.
  • Exclusión del AIR Ex Ante: La norma fue exceptuada del análisis de impacto regulatorio por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria.

🌍 Vinculación con la Agenda 2030

ODS Aporte positivo
ODS 8 – Trabajo decente y crecimiento económico Reconoce y profesionaliza ocupaciones emergentes en gastronomía
ODS 12 – Producción y consumo responsables Promueve estándares de calidad en servicios turísticos
ODS 4 – Educación de calidad Incentiva formación técnica especializada en café, chocolate y vinos

📌 Conclusión

El Decreto Supremo N.º 008-2025-MINCETUR representa un avance normativo en la valorización de especialidades gastronómicas que enriquecen la experiencia turística peruana. Al incorporar oficialmente los perfiles de barista, maestro chocolatero y sommelier, se fortalece la cadena de valor del turismo culinario, se promueve la profesionalización técnica y se alinean los estándares nacionales con las tendencias internacionales de calidad y servicio.



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