jueves, septiembre 25, 2025

📰 Prorrogan Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac–Cusco–Arequipa

📰 Prorrogan Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac–Cusco–Arequipa

Lima, 25 de septiembre de 2025 – Mediante Decreto Supremo N° 121-2025-PCM, el Poder Ejecutivo dispuso la prórroga del Estado de Emergencia en el Corredor Vial Sur que conecta las regiones de Apurímac, Cusco y Arequipa. Esta medida se extenderá por un nuevo periodo de sesenta (60) días calendario, a partir del 27 de septiembre de 2025, e incluye los quinientos (500) metros adyacentes a cada lado de la vía principal.

La decisión fue adoptada con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y será comunicada al Congreso de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución Política del Perú.

🧭 Alcance territorial y contexto geográfico

El Corredor Vial Sur constituye una infraestructura estratégica que atraviesa zonas de alta complejidad geográfica y social, conectando los departamentos de Apurímac, Cusco y Arequipa. A lo largo de este eje vial se han registrado diversos focos de conflictividad social, especialmente en áreas rurales con presencia de actividades extractivas, demandas comunitarias y tránsito de mercancías.

La medida incluye una franja de quinientos metros a cada lado de la vía, abarcando zonas de influencia directa donde se han reportado incidentes que comprometen el orden interno. La Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden público, con apoyo operativo de las Fuerzas Armadas, en cumplimiento de los protocolos establecidos por los Decretos Legislativos N° 1186 y N° 1095.

🛡 Sustento constitucional y legal

La prórroga se fundamenta en el artículo 137 de la Constitución, que faculta al Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, a decretar estados de excepción en caso de perturbación de la paz o del orden interno. Durante este régimen, se restringen derechos constitucionales vinculados a la libertad de tránsito, reunión y seguridad personal, conforme a los numerales 11, 12 y 24 literal f) del artículo 2 de la Carta Magna.

Asimismo, se aplican las disposiciones del Decreto Legislativo N° 1266, que regula las competencias del Ministerio del Interior en materia de orden interno, y del Decreto Legislativo N° 1267, que establece las funciones de la Policía Nacional del Perú. La intervención conjunta de las Fuerzas Armadas se rige por el Decreto Legislativo N° 1095 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2020-DE.

📑 Informes técnicos y recomendación policial

La prórroga fue recomendada por la Policía Nacional del Perú, en base a informes reservados emitidos por la Dirección Nacional de Orden y Seguridad, la Unidad de Planeamiento y Educación (UNIPLEDU), y las regiones policiales de Apurímac, Cusco y Arequipa. Los documentos señalan que persiste un nivel de conflictividad social que justifica la continuidad del régimen de excepción, con el objetivo de garantizar la seguridad ciudadana y la protección de los derechos fundamentales de la población.

El Dictamen N° 4272-2025-SECEJE/DIRASJUR-DIVDJPN de la Dirección de Asesoría Jurídica de la PNP sustenta la tramitación normativa, en concordancia con el marco legal vigente.

👥 Protección de personas vulnerables

Durante la vigencia del Estado de Emergencia, se aplicará el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad”, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2023-MIMP. Este instrumento garantiza la coordinación interinstitucional en situaciones de intervención policial, con enfoque de derechos y protección diferenciada.

📊 Seguimiento y financiamiento

La Policía Nacional del Perú deberá presentar un informe detallado al Ministerio del Interior dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al término de la prórroga, consignando las acciones realizadas y los resultados obtenidos. La implementación de las medidas previstas se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, así como a recursos adicionales autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas.

🛑 Persisten disturbios en el Corredor Vial Sur Apurímac–Cusco–Arequipa

Setiembre de 2025 – La situación en el Corredor Vial Sur continúa siendo crítica. Según informes reservados de la Policía Nacional del Perú (PNP), se han registrado nuevos focos de conflictividad social en tramos estratégicos de la vía que conecta las regiones de Apurímac, Cusco y Arequipa. Estos eventos han motivado la reciente prórroga del Estado de Emergencia mediante el Decreto Supremo N° 121-2025-PCM.

🔥 Bloqueos intermitentes y enfrentamientos comunitarios

Durante las últimas semanas, se han reportado bloqueos intermitentes de carreteras, especialmente en zonas adyacentes a centros poblados rurales y áreas de influencia minera. Comunidades campesinas y frentes sociales han protagonizado protestas por demandas territoriales, ambientales y de compensación económica, generando obstrucción del tránsito y enfrentamientos con efectivos policiales.

En algunos casos, se han producido retenciones de vehículos de transporte de carga, así como agresiones a personal de empresas contratistas vinculadas a proyectos extractivos. La Policía Nacional ha intervenido con apoyo de las Fuerzas Armadas, en cumplimiento de los protocolos de uso de la fuerza establecidos por los Decretos Legislativos N° 1186 y N° 1095.



🧭 Zonas críticas identificadas

Los informes técnicos reservados citados en el decreto supremo mencionan disturbios focalizados en:

  • Región Policial Apurímac: Tramos entre Challhuahuacho y Cotabambas, con presencia de piquetes y quema de llantas.
  • Región Policial Cusco: Sectores de Chumbivilcas y Espinar, donde se han registrado marchas no autorizadas y bloqueos de vías.
  • Región Policial Arequipa: Áreas de Caylloma y zonas limítrofes con Cusco, con reportes de hostigamiento a convoyes logísticos.

Motivos de la prórroga del Estado de Emergencia

La prórroga por 60 días, vigente desde el 27 de septiembre de 2025, responde a la necesidad de mantener el control del orden interno ante la persistencia de amenazas a la seguridad pública. El Gobierno ha dispuesto que la Policía Nacional mantenga el control operativo, con acciones de apoyo militar en zonas de mayor riesgo. Se han restringido los derechos de tránsito, reunión y seguridad personal en el área comprendida por el corredor y sus 500 metros adyacentes.

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