jueves, septiembre 25, 2025

📰 Declaran ilegal requisito del TUPA del Gobierno Regional de Madre de Dios por exceder facultades normativas

📰 Declaran ilegal requisito del TUPA del Gobierno Regional de Madre de Dios por exceder facultades normativas

Madre de Dios, 27 de agosto de 2025 – Mediante Resolución N° 0349-2025/SEL-INDECOPI, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi declaró ilegal el Requisito 7 del Procedimiento PA 16406007 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de Madre de Dios. La medida fue impuesta en el marco del trámite de cesión de posición contractual de títulos habilitantes con fines no maderables y otras modalidades, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 007-2022-RMDD/CR.

⚖ Requisito declarado ilegal

La barrera burocrática consistía en exigir la presentación de una “copia de contrato de cesión de posición contractual notarial de mejoras realizadas en la concesión”, como condición para autorizar la cesión de títulos habilitantes. Esta exigencia fue incorporada en el TUPA sin contar con una norma sustantiva de rango legal o reglamentario que la respalde, vulnerando lo dispuesto en los numerales 40.1 y 40.3 del artículo 40 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

La resolución enfatiza que el TUPA tiene carácter compilador y sistematizador, y no puede crear requisitos nuevos por sí mismo. En consecuencia, el requisito fue declarado ilegal por exceder las competencias normativas de la entidad regional.


🏛 Pronunciamiento institucional y marco normativo

La decisión ratifica lo resuelto en primera instancia por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi-Cusco, mediante Resolución Final N° 0001-2025/CEB-INDECOPI-CUS del 20 de febrero de 2025. La Sala Especializada subraya que esta declaración no desconoce las facultades del Gobierno Regional de Madre de Dios en materia de otorgamiento de concesiones y cesión de posición contractual, pero recuerda que dichas atribuciones deben ejercerse conforme a normas superiores del ordenamiento jurídico.

Entre ellas se encuentran:

Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre

Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, Reglamento para la Gestión Forestal

Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General


📌 Implicancias para la gestión forestal regional

La resolución marca un precedente importante en la gestión administrativa de recursos no maderables, al delimitar con claridad el alcance normativo de los gobiernos regionales en la elaboración de sus TUPA. La eliminación de este requisito busca reducir cargas innecesarias, mejorar la eficiencia del procedimiento y garantizar la legalidad en el ejercicio de funciones públicas.

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