sábado, diciembre 27, 2025

📰 Resolución N.º 0471-2025/SEL-INDECOPI – Eliminación de barreras burocráticas en Miraflores

📰 Resolución N.º 0471-2025/SEL-INDECOPI – Eliminación de barreras burocráticas en Miraflores

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI declaró ilegales dos disposiciones contenidas en la Ordenanza N.º 527/MM de la Municipalidad Distrital de Miraflores, relacionadas con la publicidad exterior y la distribución de material impreso en la vía pública.

📌 Barreras burocráticas declaradas ilegales

  1. Prohibición de realizar volanteo en la vía pública
    • Materializada en el numeral 22 del artículo 39 de la Ordenanza 527/MM.
    • Se consideró ilegal porque la municipalidad solo tiene competencia para regular anuncios publicitarios fijos en espacios públicos, no actividades móviles como el volanteo.
  2. Prohibición de almacenar o colocar folletos en la vía pública para su distribución
  • Contenida en el código de infracción 11-123 del Anexo I de la Ordenanza 527/MM.
  • Se declaró ilegal porque la municipalidad carece de competencia normativa para establecer esta restricción.

📌 Sustento de la decisión

  • Competencia municipal limitada:
    • Según el artículo 79 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.º 27972), los municipios pueden regular la ubicación de anuncios publicitarios fijos, pero no prohibir actividades como volanteo o almacenamiento de folletos.
  • Vulneración de principios legales:
    • Se infringieron los artículos II y VIII del Título Preliminar de la Ley N.º 27972, que establecen que la autonomía municipal debe ejercerse dentro del marco legal nacional.
  • Derecho ciudadano en espacios públicos:
  • Conforme al artículo 8 de la Ley N.º 31199, los ciudadanos tienen derecho a usar y disfrutar los espacios públicos, siempre que no restrinjan el acceso de otros ni afecten su conservación.

⚠️ Implicancias

  • Seguridad jurídica: Se evita que los municipios excedan sus competencias imponiendo restricciones no previstas en la ley.
  • Libertad de publicidad y expresión: Se garantiza que actividades como volanteo y distribución de folletos puedan realizarse sin barreras ilegales.
  • Protección de espacios públicos: Aunque se eliminan las prohibiciones, se mantiene la obligación ciudadana de preservar y respetar los espacios públicos.

⚡ Conclusión

La Resolución N.º 0471-2025/SEL-INDECOPI reafirma que las municipalidades no pueden imponer prohibiciones sobre actividades de volanteo o distribución de folletos en la vía pública, pues exceden sus competencias legales. Con ello, se protege la libertad de publicidad y uso de espacios públicos, al tiempo que se asegura que la regulación municipal se mantenga dentro de los límites establecidos por la ley.

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