miércoles, diciembre 24, 2025

La novedad de la Ley N.º 32506: compensación al usuario por cortes de agua

La novedad de la Ley N.º 32506: compensación al usuario por cortes de agua

El acceso al agua potable y al saneamiento es un derecho fundamental que sostiene la vida cotidiana y la salud pública. Sin embargo, en el Perú los usuarios han enfrentado históricamente interrupciones del servicio sin contar con mecanismos claros de protección frente a las empresas prestadoras. La reciente aprobación de la Ley N.º 32506, el 24 de noviembre de 2025, marca un cambio significativo en este panorama, al modificar el Decreto Legislativo N.º 1280 y establecer la obligación de compensar a los usuarios por cortes injustificados.


Hasta antes de esta norma, el marco legal exigía a las empresas garantizar la continuidad, calidad y confiabilidad del servicio, pero no contemplaba un derecho expreso de los usuarios a ser resarcidos cuando el agua se cortaba sin justificación. En la práctica, esto generaba una brecha: el ciudadano debía soportar la interrupción sin recibir compensación alguna, incluso cuando la falla era atribuible directamente a la empresa prestadora. La Ley N.º 32506 llena ese vacío, reconociendo que la falta de agua no es solo una incomodidad, sino una vulneración de un derecho básico.

La novedad principal radica en que ahora las empresas prestadoras deberán compensar al usuario por el tiempo en que no contó con el servicio o lo recibió en condiciones deficientes. El reglamento vigente, aprobado por el Decreto Supremo N.º 009-2024-VIVIENDA, deberá ser adecuado en un plazo de 180 días para definir cómo se califican las interrupciones y cuál será el mecanismo de compensación. Esto abre la puerta a medidas concretas como descuentos en los recibos, suministro alternativo o incluso indemnizaciones, dependiendo de la magnitud y frecuencia de los cortes.

El impacto de esta ley será doble. Por un lado, fortalece la posición del usuario, que ahora tiene un derecho exigible frente a las empresas. Por otro, obliga a las prestadoras a mejorar su gestión operativa, pues cada interrupción injustificada tendrá un costo económico y reputacional. En un contexto donde la confianza en los servicios públicos es frágil, esta norma busca equilibrar la relación entre proveedor y consumidor, reforzando la transparencia y la responsabilidad empresarial.

En conclusión, la Ley N.º 32506 no solo modifica un artículo legal: redefine la manera en que se concibe el servicio de agua potable y saneamiento en el país. Al introducir la compensación obligatoria, reconoce que el acceso al agua es un derecho que debe ser protegido con mecanismos efectivos. El reto ahora está en la reglamentación y en la capacidad de las empresas para cumplir con esta nueva obligación, que sin duda marcará un antes y un después en la defensa de los usuarios.

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